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SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LOCAL
Buenos dias,
Una Institucion del Estado paga un servicio de mantenimiento de local al Condiminio Unicentro Plaza:
Algunos de los servicios que incluyen son: seguridad 24 horas, pintura exterior de los locales, limpieza areas comunes, reparaciones de techos, mantenimiento de equipos (planta electrica, bomba de agua, elevadores, aires acondicionado, etc), mantenimiento de jardineria, suministro de energia electrica, entre otros
Este tipo de mantamiento esta exento de ITBIS?



Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
7.6K Mensajes
hace 3 meses
Buenos días, Clebely. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, el servicio de mantenimiento no se considera un servicio profesional, por lo que, no está sujeto a la retención del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS).
Le recordamos que, ITBIS entre entidades Jurídicas solo aplica cuando se trate de la prestación de los siguientes servicios:
Base Legal: Norma General 02-05, Arts.1, 3 y 6 modificada por la Norma General 07-09 y la Norma General 13-07; Norma General 01-11, Art. 1; Resolución 41-14, Art. 4. , Reglamento 265-19, Art. 9, Párrafo II.
Sin embargo, si esta gravado con ITBIS.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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