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Servicio de habitación en hotel
Buenos días
Nuestra empresa contrató los servicios de un hotel, por dos días. El RNC en la factura corresponde a una persona fisíca (Cédula).
Que tipo de retención debemos realizar? 100% ITBIS? 10% o 2% ISR?
Nuestra empresa contrató los servicios de un hotel, por dos días. El RNC en la factura corresponde a una persona fisíca (Cédula).
Que tipo de retención debemos realizar? 100% ITBIS? 10% o 2% ISR?





Solución oficial
R R
4.8K Mensajes
hace 6 años
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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Maria Cordero
67 Mensajes
hace 6 años
Prestación de Servicios
1- ITBIS - (100% del ITBIS facturado)
Siempre que una persona física y/o proveedor informal ofrezca un servicio gravado, se debe retener el total del ITBIS facturado, según lo establecido en el artículo 25 del Reglamento para la aplicación del Título III (ITBIS), de la ley 11-92. (Ver Art. 344 del Código Tributario para verificar cuales servicios están exentos).
2- Impuesto Sobre la Renta (ISR)
10% Alquiler y arrendamiento pagados a personas físicas.
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Pedro Pablo Barinas Barinas
663 Mensajes
hace 6 años
Ver ambos reglamentos. 139-98 y el 293-11
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Cristhian Castillo
553 Mensajes
hace 6 años
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