Perfil de Vera De Los Santos

jueves, 6 de junio de 2024 15:26

Cerrado

Servicio de Flete de importacion

Buenos Días! 

Nosotros somos una empresa de importación y para ello contratamos un servicio de Flete en el extranjero. Me pregunto mediante cual NCF puedo reportar este gastos ante la DGII?.

Saludos!

Solución oficial

1.1K Mensajes

hace 4 meses

Buenas tardes, Vera. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, las sociedades que realicen pagos por fletes en importaciones realizados a sociedades extranjeras no domiciliadas en República Dominicana podrán sustentar como costos y/o gastos, las facturas y/o conocimientos de embarque emitidos por el suplidor internacional del servicio de flete.

 

En ese mismo orden, los comprobantes para pagos al exterior deben ser reportados en el formato de Compras de Bienes y Servicios (606) y en el Formato de Pagos al Exterior (609).

 

Consideraciones Importantes:

  • A los fines de verificar el costo cierto de las importaciones, se tomarán en cuenta los comprobantes fehacientes que sirvieron de base para la liquidación de los impuestos de importación, más los recibos de los impuestos arancelarios pagados. En caso de diferencias entre el valor declarado por el importador y el valor que sirvió de base al cálculo de los impuestos arancelarios, deberá considerarse como costo y/o gasto el valor menor.
  • Al registrar un NCF para pagos al exterior en el formato 606, el campo RNC o Cédula debe ser completado con el RNC del contribuyente que emite el comprobante y no se debe incluir la retención del Impuesto Sobre la Renta.
  • La retención que conlleva este tipo de pagos debe ser reportada en la Declaración Jurada y/o Pago de Otras Retenciones y Retribuciones Complementarias (IR-17).

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.