10 Mensajes
SERVICIO DE CAPACITACION A SUBAGENTE CAMBIARIO ESTA EXCENTO DE ITBIS?
Si una Agencia de Cambio tiene contratado una persona fisica como subagente (no registrado como constribuyente) y decide crear un equipo que se dedique a brindarle orientacion y capacitacion en cuanto a procesos, informaciones y actualizaciones de leyes del sector financiero y cambiario.
-La agencia de cambio debe emitirle a ese subagente una factura B02 (Consumo) o B12 (Unico ingreso)
-El servicio brindado estaria excento de Itbis por tratarse de una capacitacion?
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos DGII
14.3K Mensajes
hace 4 meses
Buenos días, Eunifer. Gracias por contactarnos.
En atención a su inquietud, le informamos que, cuando preste el servicio de capacitación brindado a personas físicas no registradas como contribuyentes que no deseen deducirse costos y/o gastos para fines fiscales deberá emitir un Número de Comprobante Fiscal de Consumo (NCF del Tipo B02), ya que el Comprobante Fiscal de Registro Único de Ingresos (NCF del Tipo B12) se utiliza para sustentar operaciones producto de las actividades citadas en el art. 1 de la Norma 07-06 (modificado por el art. 6 de la Norma 05-19).
Asimismo, le informamos que, el referido servicio se encuentra gravado con el Impuesto sobre las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), en virtud de lo establecido en el Artículo 335 del Código Tributario y el Artículo 2, así como el Literal d) del Numeral 3, del Artículo 3, del Decreto 293-11, toda vez que no constituyen un servicio educativo y cultural de los previstos como exentos en el Numeral 7) del Artículo 344 del citado Código y el Literal a) del artículo 14 del citado Decreto Núm. 293-11, constituyendo una prestación accesoria al servicio de agencia de cambio que realiza, de conformidad a lo establecido en el Numeral 1 del Artículo 339 del referido Código y los Artículos 9 y 10 del indicado Reglamento.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
(Editado)
0
Eunifer Encarnación Valdez
10 Mensajes
hace 4 meses
Perfecto, muchas gracias.
1
0