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viernes, 22 de septiembre de 2023 14:42

Cerrado

¿Se pueden definir campos no obligatorios (opcionales) como obligatorios en la factura electrónica para fines de control interno, existe algún impedimento normativo?

Buenos días, tengo la siguiente duda: ¿Se pueden definir campos no obligatorios (opcionales) como obligatorios en la factura electrónica para fines de control interno, existe algún impedimento normativo?

Por ejemplo, consideremos un usuario que gestiona la información de vendedores y desea asegurarse de que sus facturas nunca se emitan sin los datos del vendedor correspondiente. ¿Sería viable que dicho usuario realice cierta acción en el sistema para que el campo del vendedor se convierta en un requisito obligatorio en todas sus facturas? Esto garantizaría que en cada factura emitida por este usuario se incluya necesariamente la información del vendedor y llevar un mejor control interno

Es importante destacar que esta funcionalidad solo estaría destinada a habilitar o deshabilitar la obligatoriedad de campos que, según el estándar establecido (Formato Comprobante Fiscal Electrónico), inicialmente son considerados opcionales

Muchas gracias.

Solución oficial

Buenos días, Santiago. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que, deberá contener todos los campos establecidos como obligatorios por el Decreto 254-06, según las especificaciones de la Norma General 06-2018, *si el contribuyente desea incluir campos adicionales, podrá hacerlo conforme lo indique la estructura del formato XML de e-CF.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.

Buenas tardes, Alexandra. Gracias por contactarnos.

Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.


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