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Se puede hacer un B11 sin retencion de ITBIS o ISR?
Buenos días.
Quisiera realizar una consulta sobre el tratamiento fiscal de una compra a un proveedor informal.
Una empresa proporciona alimentación a sus empleados y compra carne cruda/fresca directamente a una persona física que tiene una carnicería, pero no está registrada como contribuyente ante la DGII.
Para sustentar esta compra, ¿la empresa debe emitir un Comprobante de Compras (B11)?
En este caso, considerando que se trata de carne cruda/fresca exenta de ITBIS, ¿el B11 debe emitirse sin retención de ITBIS y sin retención de ISR, o existe alguna retención que corresponda aplicar al proveedor informal?
Agradecería que me indiquen también la base legal o normativa vigente que sustenta el tratamiento aplicable.
Muchas gracias.


Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
29.5K Mensajes
hace 19 días
Buenas tardes, Rismery. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que la empresa debe emitir un comprobante de compras (E41 o B11) para poder sustentar el caso, en caso de que el proveedor no se encuentre registrado como contribuyente, ni lo haya estado en el pasado. Si el proveedor informal continuará realizando estas operaciones, es recomendable que le sugiera registrarse, ya que podrá llegar el momento en que no se admitan más comprobantes de compras emitidos por sus ventas.
Tratándose de la venta de un bien exento del ITBIS, no deberá efectuar retención de ITBIS, ni retención de Impuesto Sobre la Renta, teniendo en cuenta que esta última retención no aplica en las ventas de bienes, sino solo para prestación de servicios, según lo establecido en la Ley 30-26, artículo 17, que modifica el artículo 309 del Código Tributario.
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