miércoles, 11 de marzo de 2026

¿Se puede emitir una nota de crédito a una factura que por error fue pagada y cuya retención fue reportada?

Buenas, estimados:

Tengo una factura que el cliente pagó y le retuvo pero esa factura no debía ser emitida.

La factura tiene más de 90 días y solicitó una nota de crédito. ¿Se puede emitir una nota de crédito a una factura que por error fue pagada y cuya retención fue reportada y de ser así que se hace con la retención realizada?

Saludos,

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Oficial

Buenas tardes, Lissa. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que sí es posible emitir nota de crédito en las condiciones que indica, no obstante, el ITBIS pagado no podrá ser afectado por la nota de crédito, debido a que han pasado más de 30 días desde la emisión del comprobante original. Es decir que podrá hacerse la devolución del monto facturado, pero no la del ITBIS facturado.

 

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Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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@comunidad_de_direccin_general_de_impuestos_internos​ Estimado,

Y en el caso de el itbis retenido ¿Qué sucede?

Buenas tardes, Lissa. Gracias por contactarnos.

 

Es el mismo ITBIS, por lo tanto, no puede ser afectado por la nota de crédito. Quedará retenido y pagado.

 

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