martes, 5 de agosto de 2025

Cerrado

¿Se puede aplicar una Nota de Crédito a un a Factura Electrónica Rechazada?

Buenas tardes, tengo esta duda:

¿Se puede aplicar una Nota de Crédito a un a Factura Electrónica Rechazada?

Gracias por su tiempo

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Solución oficial

Buenos días, Miguel. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, cuando un e-CF es rechazado comercialmente implica que no puede volver a utilizarse el Número de Comprobante Fiscal Electrónico (e-NCF). En este caso, el emisor debe generar una nota de crédito electrónica anulando la transacción e indicando el motivo.


Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.


Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

Es un placer servirle.

Buenas tardes, gracias por su respuesta

¿Y en caso el Rechazo sea por DGII, es decir que la FE quede con estado rechazada por impuestos internos?

Buenos días, Miguel. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, la DGII puede rechazar un e-CF por las siguientes razones:

  1. Cuando el RNC del emisor esté suspendido.
  2. Cuando contenga errores de confección electrónica que impidan su lectura o análisis.
  3. Cuando el certificado digital sea inválido o no se encuentre vigente.
  4. Cuando se trate de Números de Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-NCF) no autorizados.
  5. Cuando la la fecha de vencimiento colocada en el e-CF no coincide con la fecha de vencimiento de la secuencia autorizada.
  6. Cuando se trate de Números de Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-NCF) anulados o ya usados por el contribuyente.
  7. Cuando no cumpla con las validaciones obligatorias del Formato de Comprobante Fiscal Electrónico.
  8. Cuando la firma digital no sea válida porque el contenido del e-CF fue alterado luego de firmado.
  9. Por cualquier otra causa legal o que por vía normativa pueda disponerse.

Cuando al contribuyente se le rechacen los e-CF por las causas citadas en los numerales 1 al 5, puede reutilizar o anular el Número de Comprobante Fiscal Electrónico (e- NCF) del e-CF, una vez subsanada la situación.

 

Los e-CF rechazados por la DGII no podrán ser utilizados para fines fiscales por otro contribuyente.


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