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Saludos, las facturas de servicios de comunicación dígase Claro, Altice, etc. es cierto que puedo utilizar el ISC y el CT como gastos poniendolo en mi subtotal de mi 606?
ejm:
Subtotal 1,595.0
ITBIS - 18% 287.10
CDT - 2% 31.90
ISC - 10% 159.50
Puedo tomar el el CDT y el ISC y sumárselo a mi Subtotal para compensarme ese gasto al final del periodo? es decir mi sub total seria = 1786.4?
Gracias de antemano!
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
6.4K Mensajes
hace 1 año
Buenos días, Ranyel. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, el ISC debe ser colocado en la casilla 14 - Impuesto Selectivo al Consumo y el CDT debe ser colocado en la casilla 15 - Otros Impuestos o Tasas, en la cual se debe colocar cualquier otro impuesto o tasa no especificado en el formato de envío y que
formen parte del valor del comprobante fiscal. Incluir el punto decimal para expresar
cifras con centavos.
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