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jueves, 27 de abril de 2023 01:10

Cerrado

Salón de Belleza

Los salones de belleza que no venden productos sino que solo dan servicio deben pasar y pagar itbis ???

Solución oficial

Buenos días, Johanna. ¡Gracias por contactarnos!
 
En atención a su consulta, le informamos que, se encuentran exentos del pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), los siguientes servicios:
  1. Servicios financieros, incluyendo seguros.
  2. Servicios de planes de pensiones y jubilaciones.
  3. Servicios de transporte terrestre de personas y de carga.
  4. Servicios de electricidad, agua y recogida de basura.
  5. Servicios de alquiler de viviendas.
  6. Servicios de salud.
  7. Servicios educativos y culturales.
  8. Servicios funerarios.
  9. Servicios de salones de belleza y peluquerías.

En su caso particular que solo brinde el servicio de Salón de Belleza, estaría exento de ITBIS, no obstante, es necesario que presente la Declaración de ITBIS con los ingresos aunque no este gravado con el mismo.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.