lunes, 10 de octubre de 2022 20:50

Cerrado

Saldo A favor

A que Fecha Perime un Saldo a Favor 

Solución oficial

Buenas tardes, Jahaida. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que, la prescripción relativa a saldos a favor se encuentra establecida en los Artículos 18, 19, 21 y 334 de la Ley 11-92 (Código Tributario), los cuales establecen que prescriben a los tres años.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.