martes, 2 de marzo de 2021

Cerrado

Saldo a favor

Hola! Cómo verificamos si tenemos saldo a favor
Y cómo se solicita?

Saludos
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Oficial

2.3K Mensajes

hace 5 años

Buenas tardes. Gracias por escribirnos.

Si presentó la Declaración IR-18 del periodo 2020, puede verificar el resultado de ésta (si le genero saldo a favor o saldo a pagar) ingresando a la opción Cuenta Corriente de su Oficina Virtual y seleccionando el IR18.

Además, puede ver e imprimir la constancia del saldo a favor generado luego de la presentación del IR-18, siguiendo estos pasos:

1. Ingrese a la Oficina Virtual DGII

2. En el menú Gastos Educativos, seleccione la opción Panel Gastos Educativos y presione el botón Entrar

3. Seleccione la pestaña Consulta Saldo

4. Seleccione la declaración que desea imprimir a fin de entregar al empleador para fines de la devolución del saldo a favor.

El saldo a favor generado por gastos educativos debe ser reembolsado por el empleador que haya seleccionado al momento de aceptar la Declaración Jurada de Asalariados (IR-18), independientemente labore en una entidad pública o privada.

No obstante, cuando el empleado cambia de empleador y al momento de aceptar la declaración elige al actual empleador y este se encuentra exento del pago de impuestos o el empleador seleccionado por alguna razón no puede realizar el reembolso, la devolución la realizará la DGII, para lo cual debe depositar en el Centro de Asistencia al contribuyente de la sede central o en el área de información de las Administraciones Locales, la siguiente documentación:

1. Formulario de Solicitud Reembolso de Saldo a Favor de Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (FI-DCRCO-002), llenado y firmado.

2. Carta de solicitud firmada.

3. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del asalariado.

4. Carta del empleador que indique que no realizó el reembolso.

5. Copia de la Declaración Jurada de Impuesto Sobre la Renta de Asalariados (IR-18).

Importante:

• En caso de tener más de un empleador, al momento de aceptar la declaración jurada IR-18 debe elegir el empleador que le efectúa las retenciones del Impuesto Sobre la Renta (ISR), por lo que en estos casos debe tener seleccionado el agente único de retención.

• Si cambió de empleador, sólo se recomienda elegir el antiguo cuando se ha tenido un previo acuerdo con este.

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

Es un placer servirle.

Pero ahora estoy desempleada pero estoy confundida con la nueva pa
página declarando el R1. Qué dice el saldo a favor en cuenta Corriente? Para confirmar

97 Mensajes

hace 5 años

En la oficina virtual del contribuyente, en la

Opción “Cuenta Corriente”

910 Mensajes

hace 5 años

Buenas tardes, si te refieres a saldo a favor en Itbis, puede verlo entrando a tu cuenta corriente en la oficina virtual. También lo puede ver, haciendo clic declaraciones. Dando clic en esta opción, abre el ultimo Itbis declarado; ahí podrás ver tu saldo a favor, en caso que exista.
En cuanto a tu otra interrogante, el saldo a favor en Itbis se compensa con el Itbis a pagar producto de los ingresos generado en un periodo determinado.
Quiero ver el balance de los gastos educativos si estan a favor