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Saldo a favor no reportado en declaración
Buen dia estimados:
Quisiera su orientación con lo siguiente:
1- Revisando las declaraciones presentadas por la empresa note lo siguiente, desde el mes de abril al momento de colocar monto en el saldo a favor del periodo anterior no se coloco monto, es decir se dejo en cero, como podría hacer para corregir eso?
2- En el mes de agosto notamos que si se coloco el saldo a favor que se venia generando pero en vez de colocarlo en la casilla 29 se coloco en la casilla 28, esto podría generar alguna contingencia? que debo hacer?
3-Hay algún problema si presento la declaración de septiembre colocando el valor del crédito fiscal que hemos venido teniendo a nivel contable pero que en declaración se dejo en la casilla 28 y no en la 29?
Ambos casos corresponden al mismo contribuyente, en unos meses no se arrastro el saldo a favor y en agosto si se declaro pero en la casilla incorrecta.
Gracias Anticipadas por su orientación.
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.5K Mensajes
hace 2 años
Buenas tardes, Elizabeth. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, para arrastrar dicho saldo este debe ser colocado en la casilla 29 del Formulario IT-1, por lo que, debe solicitar rectificativa de esos periodos siguiendo los pasos indicados a continuación:
En ese mismo orden, para rectificar el IT-1 a través de la Oficina Virtual debe cumplir con las condiciones establecidas en el enlace a continuación: https://cutt.ly/nClxYzt
En caso de no cumplir con las condiciones establecidas, debe rectificar de manera presencial depositando en el Centro de Asistencia Presencial de la Sede Central o en el área de información de la Administración Local que le corresponde, los siguientes documentos:
Nota: Las solicitudes de rectificativas de declaraciones mensuales podrán ser recibidas por el Centro de Asistencia Presencial de la Sede Central dentro de los primeros cinco (5) posteriores a la fecha límite de presentación. Pasada esta fecha, el contribuyente debe dirigirse a su Administración Local.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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