Perfil de JORGELINA SANTANA

martes, 23 de marzo de 2021 15:42

Cerrado

SALDO A FAVOR ISR EMPLEADOS DEL IR-13, DUDAS

Por favor aclarar las siguientes dudas:

1-Si hice mi IR-13, el 15/03/2021, en mi IR-3  de marzo puedo compensarme el saldo a favor?

2- En la TSS, pongo el total del saldo a favor o el valor que se va a compensar, Ejemplo si dio a pagar 1,791.20 y tiene un saldo a favor de 4589.05, debo poner el total del saldo a favor o el valor exacto de impuesto que le dio a pagar?

3-En IR-13 DEL 2019, a los empleados no se le compenso en el año 2020, se le puede compensar en este periodo ahora en el 2021.

Solución oficial

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hace 4 años

Buenas tardes Jorgelina. Gracias por escribirnos.

 

De acuerdo con sus inquietudes le informamos lo siguiente:

  1. Sí, puede utilizarlo desde el periodo de marzo que es presentado en abril 2021; debe compensar el saldo a favor a los empleados cuyo salario se encuentre sujeto a la retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) mensualmente con las futuras retenciones hasta que se agote, insertando dicho saldo como una novedad en la TSS.
  2. Esta inquietud del registro debe consultarla directamente con TSS, a fin de recibir asistencia.
  3. Siempre y cuando esos empleados hayan laborado el periodo completo (los 12 meses del año 2019) pueden compensar ese saldo en fecha actual.

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv 

 

Es un placer servirle, Jorgelina.