martes, 7 de mayo de 2024

Cerrado

SALDO A FAVOR IR13

Saludos,

Cuál es el proceso que como empresa debemos seguir para la devolución del Saldo a Favor a los empleados, que se reflejen en el IR13.

Quedo atenta a sus comentarios.

Gracias Anticipadas.

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Veronica. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, para utilizar el saldo a favor generado en la Declaración Jurada Anual de Agentes de Retención de Asalariados (IR-13) debe seguir estos pasos, según sea el caso:


Para empleados se encuentran laborando
  1. Si han laborado el año completo, debe compensar el saldo a favor a los empleados cuyo salario se encuentre sujeto a la retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) mensualmente con las futuras retenciones hasta que se agote, insertando dicho saldo como una novedad en la TSS.
  2. Reembolsar el saldo a favor a aquellos empleados cuyo salario mensual no está sujeto a retención del ISR, previa autorización por parte de la DGII. Posteriormente podrá solicitar el crédito del valor devuelto, el cual será aplicado en su declaración de IR-3.

Para empleados que cambiaron de empleador

  1. En estos casos, el o los empleado(s) deben solicitar la compensación del saldo a favor generado en el IR-13 del empleador anterior. Con la autorización otorgada, el nuevo empleador podrá compensar el saldo a favor generado en el empleador anterior con las futuras retenciones hasta que se agote, insertando dicho saldo como una novedad en la TSS.
  2. Reembolsar el saldo a favor a aquellos empleados cuyo salario mensual no está sujeto a retención del ISR, previa autorización por parte de la DGII. Posteriormente podrá solicitar el crédito del valor devuelto, el cual será aplicado en su declaración de IR-3.

Para empleados que  no están laborando (desempleados)

En estos casos, el o los empleado(s) deben solicitar, de manera independiente, el reembolso del saldo a favor generado en el IR-13 de su último empleador.
 
Consideraciones Importantes:
 
Los empleados que presentan IR-18, IR-1 y RSI-1 no generarán saldo a favor en el IR-13, por lo que se mostrarán con saldo cero en dicha declaración.
 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.