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lunes, 1 de agosto de 2022

Cerrado

Saldo a favor IR-13

Buenas tardes

Estimados mi consulta es la siguiente aplica solicitar autorización y reembolsar el saldo a favor generado en las declaraciones del IR-13 de periodos fiscales anteriores a colaboradores que aun están activos y laboran en la empresa pero los mismos pasan la exención contributiva y se le retiene mensualmente.

Saludos, gracias anticipadas.

 

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Solución oficial

Buenas tardes, gracias por contactarnos.

 

Sí, para solicitar autorización para efectuar el reembolso o compensación del saldo a favor en el IR-13 a los empleados que no se encuentran sujetos a la retención del ISR, debe depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de nuestra sede central o en el área de información de la Administración Local a la que pertenece, los siguientes documentos:

 

  1. Formulario de Solicitud Reembolso de Saldo a Favor de Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (FI-DCRCO-002) llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).
  2. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del solicitante (aplica en caso de Personas Físicas).
  3. Relación de empleados para los cuales la empresa está solicitando el reembolso (aplica en caso de que sea el empleador quien realice la solicitud).
  4. Certificación de la última empresa donde laboró que especifique el total de ingresos percibidos, las retenciones realizadas y el detalle de los ingresos exentos (aplica en caso de asalariados que no están laborando y aquellos que cambiaron de empleador). Esta certificación es de carácter obligatoria cuando el empleador sea una institución del Estado, independientemente del estatus laboral del empleado, y debe incluir además de los datos indicados, el monto del saldo a favor generado por el empleado.
  5. Poder de autorización notariado y legalizado (aplica en caso de que sea un apoderado que realice la solicitud).
  6. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del apoderado (aplica en caso de que sea un apoderado que realice la solicitud).

 

Consideraciones Importantes:

 

En caso de solicitar el reembolso de un fallecido, el solicitante deberá anexar la siguiente documentación adicional a la documentación requerida para realizar este trámite:

 

Poder notarizado, donde los herederos le autorizan a gestionar el reembolso.

Documentación relacionada con el finado(a) (copia de cédula, acta de defunción, etc.).

 

Base Legal: Ley 11-92, Art. 19; Reglamento 139-98, Art. 65.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61210jJQJK)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: http://ms.spr.ly/61213jJQJ3

Es un placer servirle.

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@Comunidad de Ayuda DGII​ 

Y en caso de ser empleados que se encuentran sujetos a retencion de ISR y tuvieron saldo a favor en periodos fiscales anteriores en el IR-13, cual es el proceso para reembolsarle el mismo.

Buenas tardes, gracias por contactarnos.

 

Le informamos que el saldo a favor generado en el IR-13 de periodo anteriores lo puede visualizar en su último IR-13 y representa el saldo a favor generado hasta la fecha.

 

Para utilizar el saldo a favor generado en la Declaración Jurada Anual de Agentes de Retención de Asalariados (IR-13) debe seguir estos pasos, según sea el caso:


Para empleados se encuentran laborando

  1. Si han laborado el año completo, debe compensar el saldo a favor a los empleados cuyo salario se encuentre sujeto a la retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) mensualmente con las futuras retenciones hasta que se agote, insertando dicho saldo como una novedad en la TSS.
  2. Reembolsar el saldo a favor a aquellos empleados cuyo salario mensual no está sujeto a retención del ISR, previa autorización por parte de la DGII. Posteriormente podrá solicitar el crédito del valor devuelto, el cual será aplicado en su declaración de IR-3.

Para empleados que cambiaron de empleador

  1. En estos casos, el o los empleado(s) deben solicitar la compensación del saldo a favor generado en el IR-13 del empleador anterior. Con la autorización otorgada, el nuevo empleador podrá compensar el saldo a favor generado en el empleador anterior con las futuras retenciones hasta que se agote, insertando dicho saldo como una novedad en la TSS.
  2. Reembolsar el saldo a favor a aquellos empleados cuyo salario mensual no está sujeto a retención del ISR, previa autorización por parte de la DGII. Posteriormente podrá solicitar el crédito del valor devuelto, el cual será aplicado en su declaración de IR-3.

 

Para empleados que no están laborando (desempleados)

En estos casos, el o los empleado(s) deben solicitar, de manera independiente, el reembolso del saldo a favor generado en el IR-13 de su último empleador.

 

Consideraciones Importantes        

 

Los empleados que presentan IR-18, IR-1 y PSI-1 no generarán saldo a favor en el IR-13, por lo que se mostrarán con saldo cero en dicha declaración.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61215jKWJZ)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: http://ms.spr.ly/61218jKWJj

Es un placer servirle.