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lunes, 30 de marzo de 2026

Saldo a favor impuesto sobre la renta asalariado

Buenos días,

Si tengo un saldo a favor por ISR como asalariado, ¿cuándo puedo recibir la compensación o devolución de este?

Gracias de antemano,

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Solución oficial

Buenas tardes, Luis. Disculpe la demora.

 

 En atención a su consulta, le informamos que cuando se trata de saldos a favor de IR-13 (la declaración anual correspondiente a las retenciones de los empleados), es necesario que el empleador haya presentado la Declaración Jurada de IR-13 del periodo para el cual se realiza la solicitud, lo cual ocurre generalmente en los primeros 15 días del mes de marzo del año siguiente al año en que se efectuaron las retenciones.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

Buenas tardes, Luis. Gracias por contactarnos.

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y nos encontramos trabajando con el objetivo de dar respuesta. Tan pronto como sea posible estaremos respondiendo su consulta por esta vía.

 

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