Perfil de Dania Fermin

97 Mensajes

martes, 24 de marzo de 2020

Cerrado

Saldo a favor en Itbis

En el IT1 Diciembre 2019 mi empresa generó un saldo a favor en ese impuesto, sin embargo, en la declaración de Itbis de Enero no se consideró dicho saldo. Como puedo recuperar dicho saldo?
Oldest First
Selected Oldest First

Solución oficial

1.1K Mensajes

hace 5 años

Buenos días, Dania. Te informamos que debes realizar una rectificativa de dicha declaración incluyendo el saldo que nos indicas, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local que te corresponde, los siguientes documentos:

1. Formulario de Solicitud de Rectificativa (FI-ADML-012) llenado y firmado [en caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado].
2. Formulario de la declaración jurada que se desea rectificar en original y copia, llenado y firmado [en caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado].
3. Documentos que soporten la solicitud de rectificativa.
4. Carta de autorización firmada [en caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada] (aplica en caso de que sea un representante que realice la solicitud).
 
Consideraciones Importantes:
•Este procedimiento aplica para todas las declaraciones, excepto para la DIOR e IR-3, ya que se rectifican a través de la Oficina Virtual.

•Las solicitudes de rectificativas de declaraciones mensuales podrán ser recibidas por el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central dentro de los primeros cinco (5) posteriores a la fecha límite de presentación. Pasada esta fecha, el contribuyente debe dirigirse a su Administración Local.

•Las solicitudes de rectificativas de las declaraciones anuales se pueden recibir en cualquier fecha.

•Cuando se trate de rectificativas del IR-2, debe depositar el dictamen del auditor (anexo f).

•En los casos de rectificativa de IR-17 siempre y cuando se afecte la partida del 1% deberá de rectificar primero el archivo de la norma 07-19, esto aplica indistintamente el cambio sea cambio en montos o datos.

Nota: recuerda que de acuerdo con nuestras Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII, todas las consultas realizadas deben ser colocadas en la categoría “Discusiones”. En ese sentido, procedimos a realizar las correcciones de lugar a tu publicación.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

3 Mensajes

hace 5 años

Debe rectificar la Declaración Jurada de ITBIS  e incluir dicho saldo a favor anterior. debe hacerlo de manera presencial, depositando la documentación necesaria en el Centro de Asistencia que te corresponde. 

97 Mensajes

hace 5 años

Entendido. Muchas gracias!

1.1K Mensajes

¡Gracias a  ti por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!