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SALDO A FAVOR E INACTIVACION DEL RNC POR FALLECIMIENTO
BUENAS TARDES, QUISIERA SABER, SI HAY UN SALDO A FAVOR DE ITBIS EN COMPRAS, LA DGII ME LO PUEDE DEVOLVER EN EFECTIVO? YA QUE VAMOS A INACTIVAR EL RNC POR FALLECIMIENTO
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BUENAS TARDES, QUISIERA SABER, SI HAY UN SALDO A FAVOR DE ITBIS EN COMPRAS, LA DGII ME LO PUEDE DEVOLVER EN EFECTIVO? YA QUE VAMOS A INACTIVAR EL RNC POR FALLECIMIENTO
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.5K Mensajes
hace 8 meses
Buenas tardes, Filomena. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, para los herederos solicitar el reembolso del saldo a favor de impuestos (ITBIS, ISR) de una Persona Física fallecida debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local a la que pertenece, los siguientes documentos:
Formulario Solicitud Reembolso de Saldo a Favor de Impuesto Sobre la Renta (IR-1) (FI-GERE-003) llenado y firmado.
Carta de solicitud firmada (aplica en caso de que la solicitud sea de ITBIS).
Poder notarizado, donde los herederos le autorizan a gestionar el reembolso.
Documentación relacionada con el finado(a) (copia de cédula, acta de defunción, pliego sucesoral o determinación de herederos, etc.).
Consideraciones Importantes
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: https://acortar.link/827H4U
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.
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