lunes, 22 de abril de 2024 21:16

Cerrado

Saldo a favor de ITBIS e Impuestos a los activos

Buenas tardes.

En la declaración del IR-2, el saldo a favor de ITBIS, se puede colocar en el anexo A1  casilla 4.2 , Anticipo sobre la diferido o anticipado?

De ser afirmativo, ese saldo a favor del ITBIS puede seguir vigente el la declaración del ITBIS?

Solución oficial

Buenos días, Luciana. Gracias por contactarnos.

                           

En atención a su consulta, le informamos que, en la casilla Anexo A1 casilla 4.2 se coloca el balance de la cuenta Impuesto Sobre la Renta diferido, el balance de la cuenta de anticipos pagados o la suma de los dos conceptos al cierre del ejercicio fiscal a declarar.

 

En eses mismo orden, le anexamos el link con el instructivo del IR-2: https://acortar.link/U3GMRc

 

En caso de requerir más información con su paso en particular, le recomendamos comunicarse al área de Fiscalización Interna de la Administración Local a la que pertenece, a fin de recibir la orientación sobre el procedimiento a seguir.

 

El departamento de Fiscalización cuenta con un personal capacitado para instruir al contribuyente respecto al llenado de las diferentes declaraciones juradas, además de orientar sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

hace 1 año

Porque no devuelven los ITBIS a los turistas extranjeros?

Buenos días, Adriana. Gracias por contactarnos.

 

Para recibir asistencia sobre su consulta, debe realizar una nueva interacción. En ese sentido, debe seguir los siguientes pasos:

 

Acceda a la Comunidad de Ayuda.

Seleccione la opción “Nueva conversación”.

Digite el título y le da a “Siguiente”.

Podrá verificar las consultas similares, en caso de que desee continuar con la creación de la nueva debe pulsar la opción “Mensaje con este título”.

Seleccione el tipo de conversación, según corresponda.

Digite la descripción del mensaje.

Escoja un sentimiento y las categorías relacionadas.

Finalmente seleccione la opción “Publicar”.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

(Editado)