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martes, 18 de julio de 2023 19:20

Cerrado

Saldo a favor asalariado

Buenas tardes,

si yo como empleado, tengo un saldo a favor por el pago de una bonificación que me hicieron y mi salario en su momento no estaba en la escala de pagar ISR, hago estas dos preguntas:

  • ¿Debo yo, como empleado hacer el proceso para esa devolución y cuales son los pasos a seguir?
  • ¿si tengo un nuevo salario que esta dentro de la escala de retención, puedo solicitar el reembolso o debe ser compensado?

A la espera de sus comentarios.

Saludos cordiales,

Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Sunilda. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, para solicitar el reembolso de su Saldo a Favor debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la Sede Central o al área de Información o Centro de Asistencia de la Administración Local que le pertenece, los siguientes documentos:

  1. Formulario de Solicitud Reembolso de Saldo a Favor de Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (FI-DCRCO-002), llenado y firmado (especificando el RNC con el cual se encuentra registrado en Nómina).
  2. Copia del Pasaporte donde se visualice la firma, del contribuyente.
  3. Certificación de la última empresa donde laboró o en la que labora actualmente que especifique el total de ingresos percibidos, las retenciones realizadas y el detalle de los ingresos exentos y debe incluir además de los datos indicados, el monto del saldo a favor generado.

Tiempo de Respuesta: 55 días laborables.

 

Consideraciones importantes:

  • Si actualmente posee un salario mensual (fijo) sujeto a retención del Impuesto sobre la Renta (ISR), este saldo a favor deberá ser compensado contra las futuras retenciones a través de los reportes de nómina en la Tesorería de la Seguridad Social.
  • Cuando se trate de reembolso de saldos a favor de IR-13, es necesario que el empleador haya presentado la Declaración Jurada de IR-13 del periodo para el cual se realiza la solicitud.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.