miércoles, 2 de agosto de 2023 04:03

Cerrado

Salarios

Buenas soy empleado publico y me registre como persona fisica para cuando se me presente hacer trabajo de manera independiente poder facturarle con comprobante a quien lo exige entiendo que ellos deben tomarme el 10% isr en el servicios más el 18% incluyendo de las piezas que revenda el caso debo incluir mi salario como ingreso en la declaración de isr a pesar no ser un salario cotizable por que no exede el monto anual ?

Solución oficial

Buenos días, Juan. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, los ingresos percibidos por concepto de salarios y por prestación de servicios de manera independiente a una empresa constituyen rentas gravadas al tenor de lo dispuesto por los artículos 269 y 270 del Código Tributario, por lo que, debe presentar la Declaración Jurada del Impuesto sobre la Renta (IR-1) considerando la totalidad de lo devengado más las retenciones aplicadas, en virtud de lo establecido en el Artículo 330 del Código Tributario y el Artículo 115 del Reglamento 139-98 de Aplicación del ISR.

 

Si el impuesto liquidado sea menor que el impuesto que le fue retenido y pagado puede solicitar reembolso o compensación del saldo a favor que genere producto de un exceso en las retenciones.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

(Editado)