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3 Mensajes
miércoles, 18 de febrero de 2026
Si soy una persona jurídica que me dedico a la organización de eventos me puedo acoger al RST?
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Respuestas
Solución oficial
25.9K Mensajes
hace 25 días
Buenas tardes, Luz. Disculpe la demora.
En atención a su consulta, le informamos que puede acogerse al RST si cumple con las condiciones requeridas. Puede consultar las condiciones requeridas para acogerse al RST en la siguiente consulta de esta comunidad: CA4087 ¿Quiénes pueden acogerse al Régimen Simplificado de Tributación (RST) y con cuáles condiciones deben cumplir?
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
Buenos días, Luz Divina. Gracias por contactarnos.
Confirmamos que hemos recibido su consulta y nos encontramos trabajando con el objetivo de dar respuesta en el menor tiempo posible.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
25.9K Mensajes
hace 25 días
Buenas tardes, Luz. Disculpe la demora.
En atención a su consulta, le informamos que puede acogerse al RST si cumple con las condiciones requeridas. Puede consultar las condiciones requeridas para acogerse al RST en la siguiente consulta de esta comunidad: CA4087 ¿Quiénes pueden acogerse al Régimen Simplificado de Tributación (RST) y con cuáles condiciones deben cumplir?
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
25.9K Mensajes
hace 25 días
Buenos días, Luz Divina. Gracias por contactarnos.
Confirmamos que hemos recibido su consulta y nos encontramos trabajando con el objetivo de dar respuesta en el menor tiempo posible.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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