viernes, 15 de diciembre de 2023

Cerrado

RST

Buenas!

Que tiempo previo se debe solicitar el RST en una empresa, para que en el cierre (202312) presente la declaracion de RST y no IR-2.

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenos dias, Frederick. Gracias por contactarnos.

 

La fecha límite para solicitar la incorporación al Régimen Simplificado de Tributación (RST) en cualquiera de sus modalidades es a más tardar sesenta (60) días antes de la fecha límite de presentación de la declaración del Régimen Simplificado de Tributación (RST).

 

Base Legal: Reglamento 265-19, Art. 11.

 

En su caso específico, debe presentar el periodo 2023 en el régimen ordinario y para presentar el periodo 2024 mediante el RST, debe solicitar acogerse al RST a más tardar sesenta (60) días antes de la fecha límite de presentación de la declaración de RST.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.

 

 

Cuando es la fecha limite?

Buenos días, Frederick. Gracias por contactarnos.

 

La fecha límite de presentación de la Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta para los contribuyentes acogidos al Régimen Simplificado de Tributación presenten (RST) en cualquiera de sus modalidades es a más tardar el último día laborable del mes de febrero del año subsiguiente al ejercicio fiscal declarado.

 

Para el periodo 2023 la fecha límite es el jueves 29 de febrero de 2024.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.