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RST
Buenas Tardes
Una persona Juridica que este sometido al RST cuando emite una facturar con comprobante fiscal debe cobrar el 18% de Itbis de dicha factura.
Y como yo reporte este gasto.
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Buenas Tardes
Una persona Juridica que este sometido al RST cuando emite una facturar con comprobante fiscal debe cobrar el 18% de Itbis de dicha factura.
Y como yo reporte este gasto.
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.9K Mensajes
hace 2 años
Buenas tardes, Angelina. Gracias por contactarnos.
Atendiendo a su inquietud, le informamos que, cuando venda bienes y/o preste servicios a contribuyentes del Régimen Ordinario, estos deben efectuarle la retención del 100% del ITBIS facturado de conformidad con lo establecido en el párrafo II Art. 9 del Reglamento 265-19 sobre que instituye el RST.
Asimismo, le informamos que, por ser contribuyente de este régimen no tiene la obligación de reportar costos y/o gastos con valor fiscal a través de los Formatos de Envíos y Declaraciones Juradas.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
(Editado)
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Angelina Troncoso
2 Mensajes
hace 2 años
Y este negocio acogido al RST que entrega una factura con comprobante fiscal y cobra incluyendo el ITBIS que se hace en este caso.
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