468 Mensajes
RST persona física por ingresos
La persona física acogida al RST por los ingresos, no debe reportar 606, 607, IT-1, etc. mensualmente. Ahora bien, para la declaración anual de sus compras y ventas, realizará un único envío de 606 y 607 ? , o sólo debe reportar el total de sus ingresos y gastos en la declaración jurada anual?



Oficial
R R
4.8K Mensajes
hace 6 años
Para remitir las informaciones referentes a sus ingresos, costos y gastos, los contribuyentes pertenecientes al RST realizarán una única declaración jurada anual en la cual también se determinará tanto el ISR como el ITBIS a pagar. Puedes consultar el Decreto 265-19:
https://dgii.gov.do/legislacion/reglamentos/Documents/2019/Decreto-265-19.pdf
En ese mismo orden, puedes visualizar los instructivos para realizar la Declaración Jurada anual RST en sus diferentes modalidades, ingresando a nuestro Portal Web DGII mediante este enlace:
https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/bibliotecaVirtual/contribuyentes/rst/Paginas/default.aspx
Nota: recuerda que de acuerdo con nuestras Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII, todas las consultas realizadas deben ser colocadas en la categoría “Discusiones”. En ese sentido, procedimos a realizar las correcciones de lugar a tu publicación.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
0
0
Francis Díaz
468 Mensajes
hace 6 años
1
0