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RST PARA SALONES Y ESTETICAS
buenas
una un salón acogida al RST persona jurídica ingresos
como se calcula el impuesto a pagar a final de año, tomando en cuenta que no emite facturas de crédito fiscal , ya que sus clientes todos son personas físicas
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
5.8K Mensajes
hace 4 días
Buenas tardes, Martin. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, usted debe colocar los ingresos que haya obtenido en dicho periodo.
Se calculará al aplicar la tasa correspondiente a la Renta Neta Imponible que resulte de reducir los ingresos gravados en cuarenta por ciento (40%), la exención contributiva anual* para personas físicas y la deducción de gastos educativos.
La cantidad a pagar por la Persona Jurídica acogida al RST se determinará aplicando una tasa de un siete por ciento (7%) a los ingresos brutos declarados anualmente correspondientes al ISR e ITBIS.
En la liquidación del ISR para las Personas Físicas:
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Luego de haber transcurrido 24 horas sin recibir la información, cerraremos la pregunta, en caso de aún requerir la asistencia por favor crear una nueva.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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