JG

miércoles, 1 de junio de 2022 14:36

Cerrado

RST - Cliente Extranjero

Buenas, Soy una persona física acogida al RST de ingresos. Y voy a comenzar a realizar facturas a un cliente en el extranjero. Las facturas debo realizarlas como "FACTURA DE CRÉDITO FISCAL" o "FACTURA DE CONSUMO". Como no realizo retención de ITBS no estoy seguro la que debo presentar. 

Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días Juan. Gracias por contactarnos.

 

Cuando se trate de la prestación de servicios al exterior, la facturación debe estar sustentada en facturas de consumo sin incluir el ITBIS.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_KP3YFC8)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

 

Es un placer servirle.

Buenos días Aurora. Gracias por contactarnos.

 

Las condiciones que debe cumplir el software para Proveedores de Servicios de Facturación Electrónica son las siguientes:


• Debe ser un software que permita la elaboración, emisión, consulta y uso de Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF).


• Para el intercambio de informaciones o comunicación:

- Utilizar el lenguaje extensible de marcas (XML).
- Usar REST API para fines de comunicación.
- Trabajar sobre SSL (usar HTTPs).


• Debe crear los servicios web a utilizar en cada ambiente y estructurar según el estándar, conforme a lo especificado en los requerimientos generales del documento de Descripción Técnica de Facturación Electrónica, el cual se encuentra publicado en el portal 
web institucional de la DGII.

 

Puede consultar la Norma 10-21 Art. 7.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_KP3YFC8)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

 

Es un placer servirle.