jueves, 6 de marzo de 2025

Cerrado

RS3 COMPRAS PF

Una persona fisica que haya presentado su declaracion a traves de RST COMPRAS y el monto es muy elevado, podria solicitar a la dgii una tasa efectiva de tributacion o presentar su declaracion a traves de un IR1 ? ya viendo los numeros en borradores el monto es mucho menor que el impuesto a pagar bajo la declaracion jurada RS3 COMPRAS.

Quedo atenta,

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Solución oficial

Buenas tardes, Ross. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, para solicitar la exclusión del RST y volver al régimen ordinario debe depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local a la que corresponde, los siguiente documento:

  1. Carta de solicitud firmada (en el caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada) que exprese su solicitud de ser excluido del RST e indique el periodo a partir del cual desea ser excluido, , con excepción de períodos ya presentados ante DGII.
  2. Poder de autorización  [aplica en caso de que sea un apoderado o representante que realice la solicitud].
  3. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral de ambos lados del apoderado o representante (aplica en caso de ser un representante o apoderado que realice la solicitud).

Tiempo de Respuesta: 15 días laborables.

Costo del servicio:
Gratuito.

Quienes pueden solicitar:
Personas Físicas y Jurídicas.

Cuando solicitar:
Según necesidad.

Importante:
La solicitud de exclusión al RST puede ser realizada cuando el contribuyente acogido lo desee, es decir, en cualquier momento.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.