martes, 7 de julio de 2026

RNC SUSPENDIDO

Buen dia.

Estoy registrado como persona fisica en la DGII, ni RNC esta suspendido, yo quyiero desabilitarlo para registrarme como persona juridica, que pasos debo dar?

saludos.

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Solución oficial

Buenos días, Rut. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que, para poder cambiar su registro de persona física contribuyente a registrada sin actividad económica independiente, primero deberá ponerse al día en sus obligaciones tributarias, presentando las declaraciones y pagando los impuestos que tenga pendientes con respecto a su actividad económica. Una vez se encuentre al día, si la suspensión no se levanta automáticamente en un plazo de 24 horas, o si tiene urgencia, puede comunicarse con nosotros para gestionar el levantamiento de la suspensión, indicando su número de cédula. Luego, podrá solicitar el cambio de su actividad económica presentando en el área de información de la administración local a la que pertenezca, los siguientes documentos:

 

  1. Formulario de Declaración Jurada de Registro y Actualización de Datos de Personas Físicas (RC-01) llenado y firmado.
  2. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del contribuyente.
  3. Copia de la Certificación de asalariado o comunicación del empleador (aplica en caso de modificación de actividad económica de Persona Física a Empleado y Obrero).
  4. Carta de autorización a terceros (aplica en caso de que la solicitud sea realizada por un tercero).
  5. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, de la persona autorizada a realizar la solicitud (aplica en caso de que la solicitud sea realizada por un tercero).
  6. Copia del Pasaporte (aplica en caso de que el solicitante sea una Personas Física extranjera).
  7. Copia del documento o instrumento jurídico que demuestre el cambio de domicilio (contrato de alquiler notarizado, contrato de servicio telefónico, contrato de electricidad, etc.).

 

Tiempo de respuesta: Inmediato. 

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.