miércoles, 11 de marzo de 2026

RNC SUSPENDIDO

Buenos días estimada comunidad,

Una persona física tenía su cédula suspendida por obligaciones pendientes de reportar. Se realizó el proceso de actualización de los últimos cinco años; sin embargo, al validar la cédula al día siguiente, continúa apareciendo en estado Suspendida.

 

Como verificación adicional, se realizó una solicitud de certificación al día para identificar si existían obligaciones pendientes. En dicha certificación se refleja que hay ITBIS de varios años pendientes de declarar.

 

Tengo entendido que, luego de presentar las declaraciones correspondientes a los últimos tres años, la cédula del contribuyente debería pasar a estado activa.

 

Quedo atenta a sus comentarios.

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Oficial

Buenos días, Claribel. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que basta con presentar las declaraciones de los últimos 3 años para reactivar el RNC, no obstante, para que el levantamiento de la suspensión pueda ser efectiva sin presentar las declaraciones pendientes de más de tres años atrás, debe solicitar que dichas omisiones sean eliminadas por prescripción o en caso de que no le correspondiera la obligación. Para conocer cómo realizar estos procesos de desestimación de las omisiones, le invitamos a acceder a las preguntas de esta comunidad que contienen la información detallada, haciendo clic en los siguientes enlaces:

 

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.