Buenas tardes, Jose. Toda entidad que sea residente, domiciliada o nacional dominicana que realice operaciones en el territorio de la República Dominicana, tiene el deber de inscribirse en calidad de contribuyente en la DGII, ya sea como Persona Física o Persona Jurídica para operar dentro del marco de la legalidad, así como también ser tomado en cuenta en el mercado local por empresas y demás contribuyentes que exigen facturación comprobada fiscalmente, sin embargo, las personas que posean cédula y que realicen una actividad de manera esporádica, es decir, que no se dediquen a dicha actividad, no tendría necesidad de registrarse ya que se le emitiría un comprobante de compras.
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hace 6 años
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