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Régimen Simplificado de Tributación (RST) basado en Ingresos.
Buenas tardes,
Una persona que está acogida al RST basado en Ingresos. La misma percibe ingresos por concepto de: 1) Honorarios profesionales y 2) Alquiler de un apartamento. ¿Esta persona está obligada a emitir factura con comprobante fiscal al inquilino que tiene en el apartamento alquilado? En caso de que sea afirmativo, ¿dicho servicio estaria gravado por el ITBIS?
Saludos.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
26.8K Mensajes
hace 3 años
Buenas tardes, María. Gracias por contactarnos.
En atención a su inquietud, le informamos que, todas las operaciones que generen ingresos no importando el monto deben estar soportadas con los Números de Comprobantes Fiscales (NCF) acorde con el tipo de inquilino y el que este le requiera.
Por ejemplo:
Para asegurar la calidad de la respuesta sobre si dicho servicio se encuentra gravado o exento, favor indicarnos si este alquiler fue pactado para fines de viviendo o para fines comerciales.
Nota: Quedamos a la espera de su comentario para dar continuidad a tu consulta. En caso de no recibir respuesta de su parte en un lapso de 24 horas, procederemos a cerrar tu caso.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Maria Perez Fernandez
6 Mensajes
hace 3 años
Buenas tardes,
En respuesta a su inquietud, el alquiler de este apartamento fue pactado para fines de vivienda. ¿Este alquiler estaría exento del ITBIS?
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