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Revaluación de activos en fideicomiso
¡Hola, buenos días!
¿Un fideicomiso de desarrollo inmobiliario puede revalorizar unos terrenos que recibió del fideicomitente hace aproximadamente 3 años? Y en caso de ser posible, ¿Cuáles son las implicaciones que eso tendría, principalmente de cara al IPI?
Saludos cordiales,
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.1K Mensajes
hace 10 meses
Buenos días, Adrian. Gracias por contactarnos.
No aplica, ya que la Ley 46-20 de revalorización se encuentra prescrita.
Cuando los inmuebles se aporten luego de la firma del contrato, el plazo para el pago del impuesto a la transferencia contará a partir de la fecha del traspaso, para lo cual se tomará en cuenta la fecha de la firma del addéndum.
Base Legal: Norma General 01-15, Art. 19, modificada por el artículo 4 de la Norma General 02-16.
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