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miércoles, 4 de febrero de 2026

Retribuciones complementarias

Buen día, quería consultarles como procede en caso que en el mes no se haya reportado las retribuciones complementarias por el seguro de vehículos que se paga a los empleados. Se deberá hacer rectificativa de la declaración R17 para incluirlas o puede reportarse el mes siguiente?

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Oficial

Buenos días, Angela. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, si le faltó información por reportar en la declaración de IR-17 de un período, no puede incluir dicha información en otro período, sino que deberá proceder con la rectificativa del período en que faltó la información.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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