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Retribuciones complementarias
Buenos dias,
Los beneficios que reciben algunos empleados por parte de la empresa, como asignación de vehículos y dietas, se mandaran como otras remuneraciones en la TSS y se le hará la retención del 27%?
Estaré atenta,
Saludos!!
Los beneficios que reciben algunos empleados por parte de la empresa, como asignación de vehículos y dietas, se mandaran como otras remuneraciones en la TSS y se le hará la retención del 27%?
Estaré atenta,
Saludos!!
Solución oficial
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4.8K Mensajes
hace 5 años
Para orientación respecto con la remisión de dicha información te recomendamos comunicarte con la TSS.
Para enviar el IR-3 debes seguir los pasos de este enlace:
• https://ayuda.dgii.gov.do/dgii/topics/ca023-que-debo-hacer-para-presentar-la-declaracion-jurada-de-r...
En otro orden, los demás beneficios que otorgues a tus empleados (en especie, no monetarias), deben ser declaradas mediante el IR-17.
La tasa a pagar por concepto del Impuesto Sustitutivo Sobre Retribuciones Complementarias es de un 27% del valor de las retribuciones otorgadas por el empleador.
Para conocer cómo enviar el IR-17 puedes consultar este enlace:
https://ayuda.dgii.gov.do/dgii/topics/ca706-como-puedo-realizar-el-envio-de-las-declaraciones-a-trav...
El IR-17 es utilizado para reportar retribuciones complementarias en especie a tus empleados (no monetarias, tales como vehículos) y otras retenciones a personas externas a la empresa y/o demás entidades.
Nota: recuerda que de acuerdo con nuestras Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII, todas las consultas realizadas deben ser colocadas en la categoría “Discusiones”. En ese sentido, procedimos a realizar las correcciones de lugar a tu publicación.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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