3 Mensajes

miércoles, 6 de noviembre de 2019

Cerrado

Retribucion Complementaria

Los cursos, Diplomados y Maestrias  pagados por la empresa a empleados que tributan se pueden considerar para la retribucion complementaria?
Oldest First
Selected Oldest First

Solución oficial

4.8K Mensajes

hace 6 años

Buenos días. Sí, ya que cuando el empleador paga en efectivo a un tercero y el empleado recibe un beneficio en especie, por parte del empleador, el beneficio está sujeto al Impuesto Sobre Retribuciones Complementarias. Artículo 85 del Reglamento 139-98.

Nota: recuerda que de acuerdo con nuestras Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII, todas las consultas realizadas deben ser colocadas en la categoría “Discusiones”. En ese sentido, procedimos a realizar las correcciones de lugar a tu publicación.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

3 Mensajes

Gracias!!!!

4.8K Mensajes

¡Gracias a ti por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

910 Mensajes

hace 6 años

Buenos días, según especifica el artículo 14 del reglamento 293-11, se encuentra exento del ITBIS cualquier actividad tendiente a la capacitación, aprendiza, adquisición de conocimiento o de entrenamiento de las personas, en ese sentido, no aplica facturar este impuesto.

3 Mensajes

Hola Gracias por contestar, pero no estoy preguntando nada que tenga que ver con el ITBIS. Hablo de Retribucion Complementaria.

910 Mensajes

Entiendo que no aplica para Retribución complementaria, pero espera la respuesta de la Dgii.