Perfil de Mariela F

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jueves, 7 de mayo de 2026

RETRIBUCION COMPLEMENTARIA COMBUSTIBLE

Hola, 

Favor colaborarme con la siguiente consulta que he estado investigado, pero no estoy del todo clara.

¿Si una empresa otorga como un beneficio combustible a su personal que posee vehículos asignando una tarjeta y se recibe factura con NCF por el monto consumido por esos empleados, este gasto aplica como retribución complementaria? ¿O como se clasificaría?

Saludos,

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Solución oficial

Buenos días, Mariela. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que ya existe una pregunta en esta comunidad que contiene la respuesta que requiere. Le invitamos a acceder a ella haciendo clic en el siguiente enlace: CA2840 ¿El gasto en combustible y mantenimiento de vehículos proporcionado a los vendedores para la ejecución de sus labores habituales es una retribución complementaria o un gasto deducible del ISR?

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

66 Mensajes

hace 1 mes

Gracias, pero como le indiqué anteriormente mi inquietud es parecida, mas no exactamente la misma y por ende necesito una respuesta específica para mi caso.

Nuevamente le explico: los empleados tienen ese beneficio de combustible como un beneficio proporcionado en sí por la empresa, es decir, no es otorgado para llevar a cabo las operaciones del negocio.  Además se recibe factura, ya que a estos empleados se le otorga una tarjeta y la empresa que abastece el combustible a estos empleados envía cada cierto tiempo una factura, la cual la empresa paga más adelante.

Espero sus comentarios con respecto a esta inquietud.

Saludos,

(Editado)

Buenas tardes, Mariela. Gracias por contactarnos.

 

En ese caso, será necesario evaluar a más profundidad algunos aspectos más, por lo cual le recomendamos evaluar el caso, según el conocimiento que posee del escenario, a la luz de los parámetros indicados en la siguiente pregunta de esta comunidad: CA4879 ¿Qué son retribuciones complementarias?

 

Si aún tiene dudas al respecto, luego de revisados los parámetros que figuran en la pregunta referenciada, lo más adecuado será someter una consulta técnica vinculante, con la exposición de todos los detalles del escenario en una solicitud formal, a fin de que su caso sea evaluado por nuestra Gerencia Legal de manera particular.

 

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Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

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(Editado)