1 Mensaje
RETNCION FACTURA DE HONORARIOS
Buenos dias,
Tengo una factura por honorarios profesionales de una firma de abogados y en la misma ellos me indican que monto del total facturado y del ITBIS corresponde a los Honorarios, en adición los gastos administrativos a los que incurrieron.. ¿Debo hacer la retención solo por lo señalado en la línea honorarios o aI ITBIS total de la factura?
Saludos.


Solución oficial
OTM .
2.3K Mensajes
hace 5 años
Buenas tardes Yudelka. Gracias por escribirnos.
Entre empresas jurídicas se debe aplicar el 30% del ITBIS facturado por servicios profesionales, en su caso, si le otorgan una factura global, que en la misma incluya esos gastos administrativos, entonces la retención es por el monto total; en caso contrario deben realizar facturas separadas.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
Es un placer servirle, Yudelka.
0
0
Rafael Amparo
910 Mensajes
hace 5 años
Buenas tardes, según la norma 02-05, se debe retener el 100% si quien factura el servicio es profesional liberal, persona fisica y un 30% si es entidad jurídica por el mismo concepto.
0
0