viernes, 26 de marzo de 2021

Cerrado

RETNCION FACTURA DE HONORARIOS

Buenos dias,

Tengo una factura por honorarios profesionales de una firma de abogados y en la misma ellos me indican que monto del total facturado y del ITBIS corresponde a los Honorarios, en adición los gastos administrativos a los que incurrieron.. ¿Debo hacer la retención solo por lo señalado en la línea honorarios o aI ITBIS  total de la factura?

Saludos.

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Solución oficial

2.3K Mensajes

hace 5 años

Buenas tardes Yudelka. Gracias por escribirnos.

 

Entre empresas jurídicas se debe aplicar el 30% del ITBIS facturado por servicios profesionales, en su caso, si le otorgan una factura global, que en la misma incluya esos gastos administrativos, entonces la retención es por el monto total; en caso contrario deben realizar facturas separadas.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

 

Es un placer servirle, Yudelka.

910 Mensajes

hace 5 años

Buenas tardes, según la norma 02-05, se debe retener el 100% si quien factura el servicio es profesional liberal, persona fisica y un 30% si es entidad jurídica por el mismo concepto.