DM

lunes, 30 de diciembre de 2024 19:13

Cerrado

retificar un itibis que debi rtener al 100% y se retuvo al 30%

SI tengo un proeedor acojidos al rst como persona juridica y por error solo le hago la rtencion del 30% del itbis como arreglo esa declracion 

Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Dioquilda. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, debe comunicarse con su proveedor y realizar la retención correspondiente y rectificar sus formatos de envío en caso de que ya lo haya remitido, con el fin de que se pueda adelantar dicho impuesto.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

RECTIFICAR SOLO EN LOS FORMATOS DE ENVIOS O EN LAS DECLARACIONES TAMBIEN

Buenos días. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, ambos aspectos deben ser considerados: en el formato de envío, es imprescindible que se refleje claramente la retención del 100% del ITBIS, mientras que en la declaración debe registrarse dicha retención para proceder con el pago del monto correspondiente.

 

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