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lunes, 20 de julio de 2026

RETIFICAR RETENCION DE ITBIS

Buenos dias,

En qué momento se debe reportar y pagar la retención de ITBIS a un proveedor?

puedo reportar la factura en el mes que la recibo y pagar la retención en el mes que pago al proveedor, osea 60 dias despues?

como es el proceso en el 606 de registrarla al momento de recibir la factura y el otro proceso de presentarla cuando la pago?

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Solución oficial

Buenas tardes, Lucia. Disculpe la demora.

 

 En atención a su consulta, le informamos que ya existe una pregunta en esta comunidad que contiene la respuesta que requiere. Le invitamos a acceder a ella haciendo clic en el siguiente enlace: CA3506 ¿Cómo debo reportar las facturas a crédito en los formatos 606 y 607?

 

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Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

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hace 15 horas

Hola, si. Cuando recibes la factura reportas normal el monto mas el ITBIS sin hacer retencion. Luego cuando hagas el pago para reportar la retencion en la fecha de la factura pones la misma fecha de la factura original sin importar que sea un período diferente y en la fecha de pago de retencion colocas la fecha que realizaste el pago

14 Mensajes

Hola Jose Miguel, entonces cuando hago el pago solo reporto la retención, sin la base ni el ITBIS que ya fueron reportados cuando recibi dicha factura?

Buenos días. Gracias por contactarnos.

 

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