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martes, 3 de octubre de 2023 19:11

Cerrado

RETENCIOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Buenas tardes, me gustaria saber si la retencion que le hago a una persona  del impuesto sobre la renta, por un servicio prestado, debo reportarlo en el IT1;  a parte de reportarlo en el IR17 . 

Gracias

Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días, Diana. Gracias por contactarnos.

 

Sí, debe reportar en el IT-1 el ITBIS retenido. Si no envió las retenciones en la Declaración de ITBIS; deberá rectificar a través de la OFV, el IT-1 y Anexo, para realizar las correcciones correspondientes.

 

Para reportar en el formato 606 el ITBIS retenido a un proveedor informal, debe colocar el monto del ITBIS retenido en la columna 9 "ITBIS Retenido" eligiendo previamente en la columna 3 el concepto de la compra.  

 

Le exhortamos a consultar el Instructivo Llenado del Formulario IT-1 2020 ingresando al siguiente enlace:

http://ms.spr.ly/612129UH1p

 

Base Legal: Norma 08-2010, Párrafo II, Art. 1.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.

Buenas tardes, Diana. Gracias por contactarnos.

 

 

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.

 


Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII

 

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