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martes, 12 de agosto de 2025

Cerrado

Retenciones

Saludos y buenas tardes. Si alguien del exterior ofrece servicio desde el exterior le aplica alguna retencion? Me dejan saber. Gracias.

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Solución oficial

Buenas tardes, Ruth. ¡Gracias por contactarnos!

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Saludos,

Si yo tengo una persona o entidad que me ofrece un servicio, por ejemplo contabilidad. Pero ese servicio lo hace desde otro pais y no viene fisicamente a la Republica Dominicana. A esa entidad hay que hacerle un retencion? Si hay que hacerle una retencion de cuanto seria?

Me dejan saber.

Buenas tardes, Ruth. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, debe emitir un comprobante para Pagos al Exterior,  este tipo de comprobantes se debe emitir para sustentar pagos de rentas gravadas de fuente dominicana a Personas Físicas o Jurídicas no residentes fiscales y en los que se deba realizar la retención total del Impuesto Sobre la Renta, conforme a los artículos 297 y 305 del Código Tributario  (27% del ISR) y la retención del ISR que se realiza al pago de intereses al exterior es de un 10% y cuando se trate de contribuyentes acogidos a la Ley 57-07 es de un 5%.


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