jueves, 13 de enero de 2022 13:25

Cerrado

Retenciones

El Servicio de Cobertura de un Evento realizado por un persona física, es un servicio profesional o liberal?

Cuales retenciones le debo aplicar en el pago?

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días Anyely. Gracias por contactarnos.

 

Sí, es un servicio profesional. La retención que debe realizar la Persona Jurídica es un 10% de ISR y el 100% del ITBIS facturado.

 

Importante:

 

• Estas retenciones también se deben aplicar en la prestación de servicios por parte de proveedores informales.
• Las Personas Físicas no se encuentran instituidas por el Código Tributario como agentes de retención, por lo que no deben aplicar retención al efectuar pagos por la prestación de servicios.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_KP3YFC8)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

 

Es un placer servirle.