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RETENCIONES SERVICIOS TECNICOSDE PERSONA P. JURIDICA
Buenos días,
Me gustaria consultar que debo retenerle a una persona jurídica que me esta brindando un servicio técnico de reparación de aire condicionado.
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Buenos días,
Me gustaria consultar que debo retenerle a una persona jurídica que me esta brindando un servicio técnico de reparación de aire condicionado.
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 6 meses
Buenas tardes, Damarys. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, entre personas Jurídicas el pago por un servicio técnico, no aplica retención del ISR ni del ITBIS.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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