Perfil de Martha Almonte

miércoles, 8 de junio de 2022 15:51

Cerrado

RETENCIONES POR SERVICIOS DE HONORARIOS A PELUQUERIAS Y SALONES DE BELLEZA

Buen día

Por favor me pueden informar que tipo de retención debo hacerle   a una PERSONA FISICA que presta servicios independientes  de peluquero a una empresa o  PERSONA JURIDICA?

Gracias

Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días Martha. Gracias por contactarnos.

 

Debe retener un 10% por concepto de ISR. Artículo 10 de la Ley 253-12.

 

Puede obtener más información ingresando mediante este enlace:

 

http://ms.spr.ly/61212TLJme

 

Se encuentran exentos del pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) los servicios de salones de belleza y peluquerías.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_KP3YFC8)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

 

Es un placer servirle.