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RETENCIONES POR DONACIONES A PERSONAS JURIDICAS
Buenas tardes, mi inquietud es la siguiente:
Una persona Jurídica puede realizar donaciones a otra persona jurídica, y si la misma de retenerle el ITBIS?
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Buenas tardes, mi inquietud es la siguiente:
Una persona Jurídica puede realizar donaciones a otra persona jurídica, y si la misma de retenerle el ITBIS?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
22.1K Mensajes
hace 2 años
Buenos días, Viviana. Gracias por contactarnos.
Le informamos que sí, las donaciones de bienes muebles se encuentran gravadas con el ITBIS.
Consideraciones Importantes:
Las donaciones de operaciones no sujetas al impuesto no serán gravadas.
Base Legal: Decreto 293-11, Art. 7 literal a, Art 4 literal b, Art. 7 literal e.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
22.1K Mensajes
hace 2 años
Buenas tardes, Viviana. Gracias por contactarnos.
Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612139pcNH
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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