martes, 9 de marzo de 2021

Cerrado

Retenciones Persona

Buenas tardes!

Una empresa va a recibir el servicio de una persona física, (un profesor de idiomas) para que realice unas pruebas del idioma inglés para fines de contratación de personal. Este servicio lleva ITBIS?
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Solución oficial

2.3K Mensajes

hace 5 años

Buenas tardes Rachel. Gracias por escribirnos.

Los servicios de capacitación/educación se encuentran exentos del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), tal como lo establece el Art.14, literal a, del Reglamento 293-11. Por lo que, en este caso, no aplica la retención de dicho impuesto.

En otro orden, le informamos que, las Personas Jurídicas y los Negocios de Único Dueño deben retener el 10% de ISR a las Personas Físicas por la prestación de servicios profesionales (Ej.: Alquiler de cualquier tipo de bienes muebles o inmuebles, honorarios, comisiones y demás remuneraciones y pagos por la prestación de servicios en general provistos por Personas Físicas no ejecutados en relación de dependencia).

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

Es un placer servirle, Rachel.

60 Mensajes

hace 5 años

La educación esta exenta de itbis