9 Mensajes
RETENCIONES PERSONA FISICA
Saludos, si una persona esta inscrita como persona fisica y mensualmente reporta sus envios, y yo como empresa adquiero un servicio de este debo hacerle retencion de un 10% de dicho servicio? y si aplica tambien retencion del 10% si adquiero un producto de compra para la venta de un contribuyente como persona fisica?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
22.1K Mensajes
hace 2 años
Buenos días, Luiyi. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, cuando efectúe pagos a personas físicas registradas como contribuyentes ante esta Dirección General deberá realizar las siguientes retenciones:
ISR: Debe retener un 2% si se trata de un servicio técnico o un 10% si es un servicio profesional de conformidad con lo indicado en el art. 70 del Reglamento 139-98. Dicha retención debe ser reportada a través de la Declaración Jurada de Otras Retenciones y Retribuciones Complementarias (IR-17) dentro de los primeros 10 días del mes siguiente al período a declarar (por ej.: el mes de enero debe presentarse y pagarse antes del 10 de febrero).
ITBIS: Si el servicio se encuentra gravado con este impuesto, debe efectuar la retención del 100% por este concepto de conformidad con lo establecido en el Art. 25 del Reglamento 293-11. Esta debe ser reportada a través de la Declaración Jurada de ITBIS (IT-1), dentro de los primeros 20 días del mes siguiente al período a declarar (por ej.: las retenciones efectuadas en el mes de enero deben declararse y pagarse antes del 20 de febrero).
Nota: En el caso de compra de este tipo de bienes no debe efectuar de retención de ningún tipo.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
0
0
Luiyi gonzalez
9 Mensajes
hace 2 años
Tenía la duda, cómo me habían comentado que como empresa a toda persona, que este como persona fisica debía hacerle retención, según me informan solo aplica a persona registrada como persona fisica y que brinden servicio profesional y técnico?
1
0