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RETENCIONES ISR POR SERVICIOS A TERCEROS NO ESTATALES, CONTRIBUYENTES ACOGIDOS AL RST
Buenas tardes. Soy un contribuyente acogido al RST y en mi declaración Jurada 2021 quedé exento del pago de ISR. Sin embargo tengo un crédito de RD$28,624.48 por las retenciones que me realizaron por servicios a terceros. Qué pasa con ese saldo? pues la declaración fue generada en Cero.
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos DGII
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hace 2 meses
Buenas tardes, Margarita. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, los contribuyentes acogidos al Régimen Simplificado de Tributación (RST) que genere créditos en su Declaración Jurada Anual no podrá compensarlos en periodos fiscales posteriores, ya que dichos saldos a favor generados en el régimen se pierden, de conformidad con lo establecido en el párrafo VI, art. 22 del Reglamento 265-19.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
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